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29/06/2006, 10:46
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Cita: ¿Cómo registro un dominio bajo .org.ar si el organismo es sin fines de lucro, pero no cuenta con personería jurídica?
El Artículo 46 del Código Civil establece que:
"Las asociaciones que no tienen existencia legal como personas jurídicas, serán consideradas como simples asociaciones civiles o religiosas, según la finalidad de sus estatutos. Son sujetos de derecho, siempre que la constitución y designación de autoridades se acredite por escritura pública o instrumentos privados de autenticidad certificada por escribano público."
En relación a ello y luego de completar el formulario de registro, deberán presentar fotocopia legalizada de esta documentación remitida en mano o por correo postal a NIC Argentina. La documentación queda sujeta a evaluación y de corresponder el dominio será otorgado al organismo en cuestión.
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