| |||
Validez jurídica de licencias CC ¿Hasta qué punto son reconocidas judicialmente las licencias Creative Commons? Dicho de otro modo: una creación (imagen, logo, texto...) protegida con una licencia de ese tipo ¿está realmente protegida -me refiero sobre todo a España-desde el punto de vista legal contra plagios y otros usos indebidos? |
| |||
Re: Validez jurídica de licencias CC No me quiero meter en la ley española porque soy de Chile y habrá gente más informada al respecto. Pero te puedo decir que no necesitas de una licencia para proteger un trabajo, eso ya lo hace la Ley de propiedad intelectual. Una licencia lo que hace es liberar (al receptor de ésta) de ciertas restricciones (bajo las condiciones que se establezcan en dicho permiso) que le impone la ley sobre dicho trabajo. En definitiva, lo que te protege del plagio y todas esas cosas es el texto de la propia ley, al imponer por defecto, restricciones al usuario. La licencia lo que hace es flexibilizar esas restricciones de cara al receptor de la obra.
__________________ El conocimiento es libre: Movimiento por la Devolución |
| |||
Re: Validez jurídica de licencias CC Gracias, frijolerou, de tu respuesta entiendo que las licencias CC complementan o modifican las leyes de la propiedad intelectual, pero no las sustituyen, ¿correcto? |
| ||||
Re: Validez jurídica de licencias CC estas en lo cierto. Una cosa es algo que tiene validez de LEY y otra cosa una licencia que es equivalente (si no me equivoco) a un CONTRATO PRIVADO.
__________________ Pasamos tus PSD a HTML Pobre del que lo sabe todo, porque no tiene nada más que aprender ni razón para vivir. - |
| |||
Re: Validez jurídica de licencias CC La LPI Española te protege contra plagio, de todas maneras aqui la tienes. http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/Lpi.html |
| |||
Re: Validez jurídica de licencias CC Agradezco a Webosiris la aclaración y a ssthormess el enlace. Ahora bien, cuando veo páginas cuyos autores publican en ella regularmente obras propias -sobre todo textos, aunque también fotografías, vídeos, música...- me surge una duda: ¿cómo procede esa gente para protegerse del plagio? Desde luego, la solución es registrar en la propiedad intelectual cualquier contenido antes de subirlo. Esto es factible si se trata de creaciones más o menos esporádicas, pero ¿qué ocurre cuando dichos contenidos se renuevan con frecuencia, incluso a veces diariamente? La verdad es que no me imagino a alguien registrando semanalmente un vídeo, un cuento o lo que sea, entre otras cosas porque le saldría muy caro. ¿Cómo se las apaña esa gente? Se puede aducir que una obra es propiedad exclusiva de su creador sin necesidad de registrarla ¿pero que sucede si alguien las copia y/o las registra por su cuenta (después de recopilar algunas, se entiende)? ¿Cómo puede demostrar el webmaster que esos contenidos son suyos y no del plagiario? |
| ||||
Re: Validez jurídica de licencias CC Cita: eso no es necesario en la actualidad. La ley te proteje por el solo hecho de crear algo, no necesitas registrarlo Cita: fechas de publicación y archivos fuente supongo. Los archivos RAW en el caso de las fotos también son importantes. ¿pero que sucede si alguien las copia y/o las registra por su cuenta (después de recopilar algunas, se entiende)? ¿Cómo puede demostrar el webmaster que esos contenidos son suyos y no del plagiario?
__________________ Pasamos tus PSD a HTML Pobre del que lo sabe todo, porque no tiene nada más que aprender ni razón para vivir. - |
| |||
Re: Validez jurídica de licencias CC Cita: Sí, de acuerdo, la ley protege por el mero hecho de crear algo. Pero si no lo registras, ¿cómo puede la ley determinar quién hizo qué antes que quién? Cita: Las fechas de publicación probarían, en cualquier caso, quién publicó primero una obra, pero no necesariamente quién la creó. ¿No podría incluso llegar a darse el caso -verdaderamente lamentable, de ser posible- de que un copión, además de aprovechar un contenido ajeno, encima acusara de plagio al autor real, apoyando su reclamación con pruebas falsas (archivos con fechas modificadas, testigos amañados, etc.)? fechas de publicación y archivos fuente supongo. Los archivos RAW en el caso de las fotos también son importantes. |
| ||||
Re: Validez jurídica de licencias CC Cita: Correcto... pero salvo que alguien te robe la pc con textos secretos, para copiar algo primero lo tenes de haber colgado en algún lado Las fechas de publicación probarían, en cualquier caso, quién publicó primero una obra, pero no necesariamente quién la creó. Cita: lo mismo se puede dar teniendo la obra registrada... puede venir un plagiador y decir que vos sos un falso autor, aún teniendo todo registrado (señor juez, el me lo robó y lo registró antes que yo)¿No podría incluso llegar a darse el caso -verdaderamente lamentable, de ser posible- de que un copión, además de aprovechar un contenido ajeno, encima acusara de plagio al autor real, apoyando su reclamación con pruebas falsas (archivos con fechas modificadas, testigos amañados, etc.)? En el tema fotos, los archivos raw son bastante determinantes, ya que inclusive se aceptan como pruebas judiciales en los juicios Tambien autoenviarte la obra mediante email puede servir como prueba, ya que si usas algun servicio tipo gmail, yahoo, etc es posible falsificar la fecha de envío, pero no la fecha por la que pasó por el server de quien te da el servicio
__________________ Pasamos tus PSD a HTML Pobre del que lo sabe todo, porque no tiene nada más que aprender ni razón para vivir. - |
| |||
Re: Validez jurídica de licencias CC Importantes tus acotaciones webosiris. Para terminar, dos dudas: 1) puesto que uno es propietario de una obra por el mero hecho de crearla, se entiende que nadie puede comercializarla del modo que sea sin permiso del autor (dentro o fuera de la Red), aunque dicha obra no esté registrada en la Propiedad Intelectual (en el caso de textos, imágenes, música...), o como marca (si se trata de un logotipo o algo similar), ¿correcto? 2) ¿Qué son exactamente los archivos RAW? Saludos |
| ||||
Re: Validez jurídica de licencias CC Cita: Ojo que estas haciendo una pequeña mezcla delo que es marca de lo que es derechos de autor... Una marca es un logo, símbolo, frase, diseño, etc que distingue a determinado PRODUCTO. Deja fuera del razonamiento a las marcas... también dan derechos exclusivos, pero son cosas distintas
Iniciado por Ekbrilo ![]() 1) puesto que uno es propietario de una obra por el mero hecho de crearla, se entiende que nadie puede comercializarla del modo que sea sin permiso del autor (dentro o fuera de la Red), aunque dicha obra no esté registrada en la Propiedad Intelectual (en el caso de textos, imágenes, música...), o como marca (si se trata de un logotipo o algo similar) ![]() Pero volviendo a los derechos de autor, si, es correcto lo que decis en la mayoría de los países. Solo hay que notar que las legislaciones pueden ser diferentes, pero por lo que yo se eso es correcto en Argentina, Uruguay, España y USA por lo menos... Hay que notar que para poseer los derechos de autor, se debede ser creador de una obra ORIGINAL. Si tomás una foto exacta de una obra bidimensional que se encuentre en dominio público (una pintura de una tumba egipcia por ej), tu obra tambien va a estar en dominio público, ya que no es algo original sino una reproducción. Eso se desprende del emblemático caso Bridgeman Art Library Ltd. contra Corel Corporation Cita: Sacado de Wikipedia: 2) ¿Qué son exactamente los archivos RAW? "es un formato de archivo digital de imágenes que contiene la totalidad de los datos de la imagen tal como ha sido captada por el sensor digital de la cámara fotográfica. Por asociación con la fotografía analógica, también suele conocerse el formato RAW como negativo digital." Además una de las valideces jurídicas importantes del RAW... es de solo lectura (los cambios realizados se almacenan en otro archivo)
__________________ Pasamos tus PSD a HTML Pobre del que lo sabe todo, porque no tiene nada más que aprender ni razón para vivir. - |