Muy buenas
Haber si alguno esta en el mismo caso, ya que creo que muchos pueden tener la misma pregunta.
Ni mi gestor lo tiene claro al 100%. El tema es que supongamos que tengo una tienda fisica que esta tributando por MODULOS, es decir con el recargo de equivalencia, 5,2%, y en la misma empresa también se repara (como si fuese un tienda de ordenadores con el taller dado de alta) por lo que en las piezas de taller ese 5,2% no se aplica.
Pero ahora viene la gran duda para las empresas que tributan por modulos. Dicen que no es legal vender online estando tributando por esta modalidad ¿Es cierto? Se de tiendas que lo están haciendo, y que se debería pasar a estimación directa simplificada, es decir pagar el 20% del beneficio.
A muchos programadores os habrán hecho esta pregunta vuestros clientes ¿No? ¿Como están tributando?
Muchas gracias!!