El trabajo de "comprador", o responsable o jefe de compras, como norma general, se desarrolla o realiza, en el centro de trabajo de la propia empresa. Bajo ese supuesto, es decir, considerando que la empresa pone ante tí todos los medios materiales, y humanos disponibles (llámese en este caso, compañeros de trabajo, para coordinación de actuaciones y demás), desde mi punto de vista, lo que se ha producido es un fraude de ley, en el sentido de que el empleador (la empresa), ha decidido ahorrarse los costes derivados de una contratación normal (antigüedad en la empresa, cuotas de la seguridad social, indemnización si procede en caso de despido, etc). Tu actividad no debe considerarse una actividad profesional, precisamente por eso que te comentaba al principio: el ejercicio de tu actividad, se desarrolla en la empresa, utilizando los medios materiales y humanos que la misma pone a tu disposición.
Si suponemos que ese trabajo de comprador, lo realizas desde tu casa, desde un despacho, o similar, entonces la empresa estará exenta de responsabilidad, pues tu relación con ella, es una relación mercantil, por la cual tu prestas unos servicios, y se los facturas.
En teoría, suponiendo el primer caso, eso es denunciable ante la Inspección de trabajo de la Seguridad Social. Otra cosa es que, una vez denunciada la empresa, ésta te contrate, pague sus multas y sanciones, y al cabo de 4 días decida amortizar tu puesto de trabajo (hecho más que evidente que haría, por denunciar la situación).
Pero, claro, yo entiendo que deberías haberle pedido explicaciones a tu empresa desde primer momento, en el que viste que te ingresaban un 15% menos de lo pactado.
En cualquier caso, si quieres ejercer tu actividad de forma legal, solo tienes 2 opciones:
1.- Denunciar a tu empresa, para que te contrate como trabajador por cuenta ajena.
2.- Darte de alta como profesional: IAE, IVA, Seg. Social como autónomo, etc, etc.
Si no se cumple una de esas dos situaciones (empleado por cuenta ajena, o empleado por cuenta propia), no estarás (o tú o tu empresa), respetando la legalidad.
Lo mejor que puedes hacer, es consultar tu situación, en Hacienda, explicándoles el caso, y también en la Seguridad Social.
Salu2, y suerte. |