Hola a tod@s! ¿Cómo va ese verano?
Tengo una duda sobre temas legales que no sé si alguien del foro podría resolverme.
Resulta que en el mes de enero registré una marca comercial ante la OEPM (en España). Finalmente me decidí por registrar el dominio de la marca en su versión .es en el mes de abril (ya que la marca es española), pero justo cuando lo iba a hacer tuve la mala suerte que al día siguiente apareció que el nombre de dominio había sido registrado.
Me puse en contacto con la persona que lo había registrado al comprobar que no lo iba a desarrollar, y me pedía 150€ por transferir el dominio (algo que considero totalmente abusivo cuando el registro de ese dominio en la empresa registrante es de 5,99€).
La pregunta es la siguiente, ¿tendría derecho a solicitar ese dominio legalmente al haber sido registrado después del registro de la marca en sí, sobretodo teniendo en cuenta que el comprador lo adquirió sólo para especular luego con su venta y no desarrollarlo?.
Entiendo que la marca ha sido registrada en España, y que por ende el dominio .es tendría -obviamente- especial relación con este país.
Un saludo y gracias.