quiero registrar unos software al RPI de mi provincia (Barcelona). Entre otras cosas se debe llevar:
Cita:
fuenteHace falta aportar: el código fuente del programa. Puede presentarse impreso en apoyo papel y encuadernado, o bien, en apoyo CD. En este caso el código debe ser abierto, es decir, ni codificado, ni comprimido, ni encriptado etc., que ponemos el CD, y se lea directamente como si fuera en papel.
También se debe traer un ejecutable de la obra. Este ejecutable, debería ser autoejecutable, es decir, que no haga falta instalarlo a nuestro disco duro, ni requiera ningún programa especial para visionarlo. Que se ponga el CD a la disquetera, y automáticamente se arranque. Si esto no fuera técnicamente posible, se puede sustituir por un manual de uso, donde se indique claramente y con detalle, como funciona la aplicación, que hace, como se utiliza etc., adjuntando impresiones de las pantallas, que permitan visualizar el programa. Este manual debe venir encuadernado.
También se debe traer un ejecutable de la obra. Este ejecutable, debería ser autoejecutable, es decir, que no haga falta instalarlo a nuestro disco duro, ni requiera ningún programa especial para visionarlo. Que se ponga el CD a la disquetera, y automáticamente se arranque. Si esto no fuera técnicamente posible, se puede sustituir por un manual de uso, donde se indique claramente y con detalle, como funciona la aplicación, que hace, como se utiliza etc., adjuntando impresiones de las pantallas, que permitan visualizar el programa. Este manual debe venir encuadernado.
Teniendo en cuenta que mi software no puede ejecutarse y funcionar simplemente desde un CD, tendré que hacerlo de la otra froma: un manual + capturas.
Mi duda es: ¿se tienen que hacer capturas de todas las pantallas del software? porque me puedo morir en el intento.
Alguien ha registrado algún software? Como lo hizo?
La otra alternativa que tengo es en depósito notarial, pero claro el coste es muy distinto. Por eso prefería a priori el RPI.
Saludos