Hola a tod@s!
¿Se pueden deducir como gastos el registro de dominios y el pago por hosting?
Saludos!
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Respuesta: ¿Se pueden deducir los dominios y el hosting? Gracias 3pies. Ahora tengo una última duda. Si yo pago puntualmente mi IRPF cada 3 meses a razón de mis beneficios, ¿luego Hacienda me lo devuelve en la próxima declaración? Es decir, ¿existe un límite que se puede devolver si no alcanzas una determinada cantidad?, ¿o eso no es devolvible ya que no hay un tercero que me lo retenga?. Me refiero a temas de ingresos por publicidad, en los que claramente Adsense o Tradedoubler no retienen nada. Si yo soy de Canarias, ¿debo igualmente declarar el IVA al facturar a empresas nacionales? Quizá estoy algo confundido en este sentido. Mil gracias :) Última edición por mabel-rich; 10/03/2010 a las 16:11 |
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Respuesta: ¿Se pueden deducir los dominios y el hosting? Lo que tú ingresas en Hacienda son pagos a cuenta, es decir, anticipos a cuenta de la declaración de la renta. Cuando hagas tu declaración (mayo-junio) de cada año, si te sale a pagar 100 (por ejemplo), deberás restar lo que ya pagaste a cuenta (supongamos que son 80), en ese caso, deberás pagar 20. Si hiciste pagos a cuenta por encima de esos 100 que te corresponde pagar una vez hecha la renta (por ejemplo, supongamos que hiciste pagos a cuenta por 135), entonces te devolverán esos 35 ingresados de más. Eso solo lo sabrás en el momento de hacer la declaración del IRPF (mayo-junio de cada año). Sobre la otra pregunta, mírate este hilo: http://www.forosdelweb.com/f83/factu...insula-460627/ |
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