Gracias por tu valiosa aportación ICEF
Entonces debo informar en todo caso fichero de clientes, pero no el de provedores si me limito a lo que has expuesto.
Respecto a esto otro:
Cita:
Iniciado por ICEF Para el caso del comercial, comentar que si la publicidad se envía desde una cuenta de correo electrónico de empresa a una cuenta de empresa, mi punto de vista es que es legal. Si, por el contrario, la publicidad se remite a una dirección electrónica empresarial personal, la dirección de correo electrónico debe estar en lo que se conoce como guías publicitarias o telefónicas, es decir, se encuentren en fuentes accesibles al público. En uno u otro caso, incluiría en el mail la posibilidad de desisitir de más comunciaciones.
y ya que estamos con el tema.
Si saco por ejemplo 200 email de un directorio publicitario (fuente accesible al público) y les envío un email (uno a uno) y cosiderando que solo conservo la lista de email, sin mas dato adicional (nombre, empresa, etc.)
¿Puedo hacerlo sin riesgo (de multa) siempre que meta una opción de desestimiento?
¿Debo dar de alta este fichero?
¿Qué riesgos asumo cara a la AEPD en caso de no registrar el fichero?
Respecto a la lista, sería de clientes potenciales, que no me conocen aún.
Gracias