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No meterse en problemas siendo freelancer

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  #1 (permalink)  
Antiguo 30/07/2011, 16:43
Avatar de Alvaro_Franz  
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No meterse en problemas siendo freelancer

Hola... hace unos días comencé en una web de contacto para trabajar en algunos trabajillos puntuales como freelancer, con precios que no pasan de los 500€...

Sé que por muy poco que sea, todo debe ser declarado pero... ¿Qué hago?.

Una factura para el cliente, ¿qué debe incluir esta factura?
  #2 (permalink)  
Antiguo 31/07/2011, 04:20
 
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Respuesta: No meterse en problemas siendo freelancer

Hola

No soy fiscalista pero creo que puedo ayudarte

Tines que darte de alta en Hacienda (Modelo 036), en la Seguridad Social (autónomos), y las facturas deben cumplir unos requisitos mínimos:

Datos fiscales del emisor: Nombre y apellidos o razón social, Nif/CIF, dirección, código postal
Datos fiscales del pagador: Nombre y apellidos o razón social, Nif/CIF, dirección, código postal
Fecha y número de factura (debes llevar una numeración consecutiva en las facturas)
Conceptos facturados
Base, IVA e IRPF desglosado
Fecha de vencimiento
Forma de pago
En caso de que la factura estuviera ya pagada indicarlo en la propia factura.

Creo que no me dejo nada, de todas formas quizás algún especialista en la materia o un gestor podrá asesorarte mejor, no olvides que deberás empezar a presentar declaraciones de impuestos trimestrales.

Espero haberte servido de ayuda

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  #3 (permalink)  
Antiguo 31/07/2011, 04:22
Avatar de Alvaro_Franz  
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Respuesta: No meterse en problemas siendo freelancer

Muchas gracias por tu ayuda y tiempo, es una muy buena base sobre la que seguiré investigando.

Igual si alguien pudiera aportar algún otro dato importante que quede por ahí, estaría agradecido.

Un saludo y suerte :D
  #4 (permalink)  
Antiguo 31/07/2011, 04:48
Avatar de freegirl
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Respuesta: No meterse en problemas siendo freelancer

Cita:
Contenido de una factura:

1.-
  1. Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas dentro de cada serie será correlativa.
  2. La fecha de su expedición.
  3. Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
  4. Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaria española o, en su caso, por la de otro Estado miembro de la Comunidad, con el que ha realizado la operación el obligado a expedir la factura.
  5. Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
  6. Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto, tal y como ésta se define por los artículos 78 y 79 de la Ley del Impuesto, correspondiente a aquéllas y su importe, incluyendo el precio unitario sin Impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario.
  7. El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.
  8. La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.
  9. La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la factura.

[...]

8. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, no será obligatoria la consignación en la factura de los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea inferior a 100 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido no incluido. Este límite se podrá excepcionar en los casos que autorice el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.
Reglamento facturación. Artículo 6:

http://noticias.juridicas.com/base_d...-2003.t1.html#

LA fecha vto, si está pagada o no, f.pago, los vencimientos, etc. no sería un requisito mínimo. Salvo que en tu caso lo necesites poner...
__________________
Saludos
  #5 (permalink)  
Antiguo 31/07/2011, 14:27
Avatar de Alvaro_Franz  
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Respuesta: No meterse en problemas siendo freelancer

Muchas gracias de nuevo :D

Ahora bien, ¿cómo me doy de alta como autónomo, si soy menor de edad?

Etiquetas: siendo
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