Hola GUILLHERMOSOFT,
Entiendo por lo que cuentas, que está realizando un software y este es objeto de protección, no tanto como patente sino como propiedad intelectual. Para que un programa informatico sea objeto de patente, se requiere que la invención suponga una autentica novedad tecnológica.
En cuanto al tema de los derechos de propiedad sobre el software, es importante que sepas que el derecho de autor tiene dos vertientes; derechos morales, que corresponden al autor de la obra durante toda su vida y 70 años después de su fallecimiento y, los derechos de explotación que pueden corresponder al propio autor o a la empresa o tercero a quien se ceda el programa. En tu caso, si te han contratado para la elaboración y desarrollo del programa, los derechos de explotación corresponden a la empresa que te contrato.
Por lo que se refiere a la marca, es la denominación por la que el software será conocida en el mercado. El titular de la marca, es quien la registra (te invito a que leas sobre este tema, en mi blog; www.convelia.com).
Finalmente y en cuanto a la licencia, depende de lo que acuerdes con la empresa. Lo normal es que se trate de una licencia libre (que permite su uso, distribución...) gratuita o no.
Espero haberte servido de ayuda.
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