Buenas tardes a todos,
tengo un problema que me preocupa bastante y es que me han dicho que me van a expropiar el dominio madeinspain.es. Hace unos días, se puso en contacto conmigo una persona del departamento jurídico de red.es y me comento que el ministerio de industria había elegido mi dominio para promocionar productos españoles en el extranjero. Esta persona me dijo que red.es me ofrecía 1500 € por el dominio antes de que el ministerio dictara resolución pero que si no aceptaba y me esperaba a que saliera la resolución me iban a expropiar el dominio sin darme ni un euro.
No sé si alguien sabe algo de este tema y me puede echar una mano. Yo, la verdad, es que estoy bastante indignado con el tema ya que creo que el gobierno se está comportando de una manera abusiva al quitarme, sin más, mi dominio.
A continuación añado el correo que me mandó esta persona del departamento jurídico de red.es en el que enumera las leyes en que se basan para expropiarme el dominio.
"Te resumo los argumentos jurídicos que permiten a Red.es obtener el nombre de dominio “madeinespain.es” para que lo consultes con tu asesor.
El artículo 29 del Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, establece lo siguiente:
Artículo 29. Titularidad de los recursos públicos de numeración, direccionamiento y denominación.
1. Los recursos de numeración, direccionamiento y denominación necesarios para la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público tienen carácter público.
2. La asignación de recursos públicos de numeración, direccionamiento o denominación no supondrá el otorgamiento de más derechos que el de su uso conforme a lo establecido en este reglamento.
3. La utilización de recursos públicos de numeración, direccionamiento o denominación no implica el otorgamiento de derecho alguno de propiedad industrial o intelectual.
4. Los derechos de numeración, direccionamiento y denominación no tendrán la consideración de derechos o intereses patrimoniales legítimos a efectos de lo previsto en el artículo 1 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y su modificación no dará derecho a indemnización alguna para los afectados.
Por su parte, el artículo 27 del citado Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, establece en su apartado 5 que "El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio podrá regular la utilización en España de los recursos públicos de numeración, direccionamiento y denominación cuya gestión dependa de organismos internacionales. Asimismo, podrá designar a la autoridad competente, en cada caso, para la gestión y el control de dichos recursos."; y en su apartado 7 que "La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información dictará las resoluciones necesarias para el desarrollo de los planes nacionales de numeración, direccionamiento y denominación. En particular, dictará las resoluciones sobre atribución y adjudicación de dichos recursos públicos."
Por lo tanto, es claro que jurídicamente el registro de un nombre de dominio sólo otorga un derecho de uso, y que la Administración puede en cualquier momento dictar resoluciones sobre la atribución y adjudicación de estos recursos públicos sin tener ni si quiera que utilizar el procedimiento de expropiación forzosa.
En este sentido, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información va a dictar una resolución de desarrollo del "Plan de denominación" que no es otro que el Plan de Nombres de Dominio, para asignar “madeinspain.es” a favor del Ministerio de Industria.
La justificación de realizar estas acciones radica en que el Ministerio va a lanzar una campaña para promover la industria española en el extranjero que va a girar en torno a una página web y a un eslogan que coinciden con dicho nombre de dominio. El Ministerio considera de interés general poder promocionar los productos españoles a través del medio más adecuado, que en este caso es “madeinspain.es”.
Como te dije por teléfono, es un procedimiento excepcional que ocurre con muy pocos nombres de dominio que por su interés especial para la Administración, es necesario replanificar y nos gustaría llegar a algún tipo de acuerdo contigo."
Tengo que decir que, previo a este correo, se inición un proceso de cancelación de mi dominio (sospechoso, ¿eh?) simplemente por la razón de que en la salida whois cambiaba una palabra en el domicilio respecto a mi dni. Icreíble!!!
Da la impresión de que me están persiguiendo para quitarme el dominio de una manera o de otra.
Estaría muy agradecido si alguien me echara una mano con este tema ya que me gustaría conservar mi dominio.
Gracias a todos.