Hola
Aparte de aclarar el concepto de quien es el verdadero titular de la web tal y como te comentan en el mensaje anterior, si suponemos que el responsable de la web es tu amigo que está en un país fuera de la U.E habría que aplicar este artículo de la LSSICE:
Artículo 4. Prestadores establecidos en un Estado no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.
A los prestadores establecidos en países que no sean miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 7.2 y 11.2.
Los prestadores que dirijan sus servicios específicamente al territorio español quedarán sujetos, además, a las obligaciones previstas en esta Ley, siempre que ello no contravenga lo establecido en tratados o convenios internacionales que sean aplicables.
El art. 7.2 se refiere a la libre prestación de servicios en internet y el 11.2 al deber de colaborar con las autoridades españolas en caso de ser requerido.
En resumen si tu amigo (que está en un país de américa latina) es el responsable de la web hay dos opciones:
a) La página aunque tenga publicidad de una empresa o profesional español, no está destinada al mercado español (cuestión un poco difícil de creer precisamente por la publicidad que aloja)
b) Está destinada al mercado español en cuyo caso debe cumplir con la LSSICE como todo hijo de vecino.
Pregunta del millón ¿como se entiende que está orientada al mercado español? Según la doctrina, por los elementos perifericos de la página es decir, moneda de cobro, teléfonos de contacto, publicidad .....etc
En caso de estar somentida a la LSSICE te recomiendo que leas este artículo:
http://www.techlegal.es/aviso-legal-mi-pagina-web/
Espero que te sirva este pequeño "ladrillo"
Un saludo