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Los derechos de autor de un software se vencen? Alguien me puede ayudar con esto quisiera saber si un software ya sea un editor, un juego, un visor, etc se vencen sus derechos de autor alguna vez?. |
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Respuesta: Los derechos de autor de un software se vencen? Cita: Dices del 1 de enero del año de su creación o te refieres al día en que fue creado? contando desde el 1 de enero de su creación |
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Respuesta: Los derechos de autor de un software se vencen? ¿Importa eso? El software entero será totalmente obsoleto décadas antes.... En el fondo resulta irrelevante.
__________________ ¿A quién le enseñan sus aciertos?, si yo aprendo de mis errores constantemente... "El problema es la interfase silla-teclado." (Gillermo Luque) |
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Respuesta: Los derechos de autor de un software se vencen? Depende de los algoritmos empleados, O.o si tiene unos algoritmos únicos y patentados, pos... obviamente interesa. |
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Respuesta: Los derechos de autor de un software se vencen? Cita: Ls algoritmos serían los patentados, entonces, no el software. No es lo mismo. Y personalmente, y disculpa que lo diga asi, me parece medio pretencioso suponer que encuentres algoritmos que puedas patentar... NO hay muchos casos como ese cada año.Depende de los algoritmos empleados, O.o si tiene unos algoritmos únicos y patentados, pos... obviamente interesa. En cualquier caso, la respuesta pasa a ser la misma: Tienes que registrar tu "creación", sin lo cual tu derecho no existe. A partir de eso, se cuenta el año calendario en que se registró como inicio del derecho. Probar su creación anterior a la registración implicaría que conservaras toda la documentación generada que te llevó a la "invención" o "descubrimiento", con alguna referencia temporal que permita probar su fecha de creacion original. Y, por supuesto, estar dispuesto a litigar si alguien lo publica antes que tu.
__________________ ¿A quién le enseñan sus aciertos?, si yo aprendo de mis errores constantemente... "El problema es la interfase silla-teclado." (Gillermo Luque) |
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Respuesta: Los derechos de autor de un software se vencen? Cita: Tengo entendido que los derechos de autor comienzan en el momento de creación de la obra, y no en el momento de su registro.
Iniciado por gnzsoloyo Ls algoritmos serían los patentados, entonces, no el software. No es lo mismo. Y personalmente, y disculpa que lo diga asi, me parece medio pretencioso suponer que encuentres algoritmos que puedas patentar... NO hay muchos casos como ese cada año. En cualquier caso, la respuesta pasa a ser la misma: Tienes que registrar tu "creación", sin lo cual tu derecho no existe. A partir de eso, se cuenta el año calendario en que se registró como inicio del derecho. Probar su creación anterior a la registración implicaría que conservaras toda la documentación generada que te llevó a la "invención" o "descubrimiento", con alguna referencia temporal que permita probar su fecha de creacion original. Y, por supuesto, estar dispuesto a litigar si alguien lo publica antes que tu. Cierto que el registro de la obra, es una prueba importante para demostrar tu propiedad intelectual sobre dicha obra, aunque no significa que pueda ser invalidada. Por ejemplo, imagina que llevas años creando un programa, y viene alguien y te roba el codigo y luego lo patenta como suyo. Si tu cuentas con documentación, testigos y otras pruebas, se condieraria que te han robado tu propiedad intelectual. |
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Respuesta: Los derechos de autor de un software se vencen? Cita: Precisamente: Pruebas...Si tu cuentas con documentación, testigos y otras pruebas, se condieraria que te han robado tu propiedad intelectual. La titularidad de los derechos de propiedad intelectual está legislada en todos los países. Mas allá de las diferencias de marco legal, todos los paises requieren la registración como prueba válida, sin lo cual tienes que recurrir a lo que ya te dije: Cita: Esto es relevante porque es perfectamente posible que dos personas registren exactamente el mismo invento o creación, al cual llegaron cada uno por su propio camino. En ese caso gana quien lo registre primero, o quien pueda probar que lo pensó antes.Probar su creación anterior a la registración implicaría que conservaras toda la documentación generada que te llevó a la "invención" o "descubrimiento", con alguna referencia temporal que permita probar su fecha de creacion original. Han existido casos como el que te digo. Mas de una vez en la historia.
__________________ ¿A quién le enseñan sus aciertos?, si yo aprendo de mis errores constantemente... "El problema es la interfase silla-teclado." (Gillermo Luque) Última edición por gnzsoloyo; 24/02/2016 a las 16:47 |
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