Pues ésa es la pregunta.
Si lo haces después, entiendo que estás incurriendo en el delito que sea tipificado por la ley.
Y si lo haces antes, pues vas a hacerlo sobre un proyecto, que tal vez ni se cree, y que aun cuando llegara a crearse podría haber modificaciones, cosa nada improbable, pues casi nunca se prevé al detalle todo lo que ocurrirá, que hiciesen que tuvieses que alterar el documento de seguridad (en el primer caso en que al final se cancele el proyecto, ¿habría que mandar una anulación del documento? ¿o dejarlo correr? en el segundo caso, ¿habría que mandar una actualización?).