hola kiero saber si por el hecho de estar registrado en nic.ar uno tiene el copyright de la paina, osea en sintesis puedo poner abajo eso ke keda tan lindo
Copyright 2006 mipagina Argentina- jejejej
saludosss
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eso es totalmente independeinte de nic.ar... para poder poner "eso tan lindo" (que a mi no me gusta ![]()
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jajajjaja webosiris , ami tampoko me gusta pero siertas personas me piden ke lo ponga y no sabia si podia ponerlo sin tener algun registro o algo osea ke lo pongo y listo ![]()
__________________ hola . . . |
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En realidad, si querés que realmente sea "copyright", tenés que registrar el material en el registro de la propiedad intelectual. Yo había averiguado como era el trámite, pero por falta de tiempo nunca lo hice. Creo que tenés que llevar una copia del material (en este caso el sitio), en diskette o cd, y DNI o CUIT según corresponda. Además, el trámite tiene un costo (desconozco cuanto sale ahora, creo que en el momento que averigüé salía 14 pesos argentinos). Saludos ![]() |
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Cita: por lo menos en Uruguay (y por extensión creo que es exactamente igual en Argentina) a partir del 2003 ya no es necesario hacer el trámite, automáticamente tenés "copyright" sobre todo lo que seas autor sin necesidad de registar.
Iniciado por DeLaVega En realidad, si querés que realmente sea "copyright", tenés que registrar el material en el registro de la propiedad intelectual.
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Cita: Si en Argentina se cambió, la verdad no lo sé, pero me parece que no, al menos no me enteré de nada, sería cuestión de averiguar. Ahora, en el caso que mencionás en Uruguay, como se hace para probar que uno es autor cuando hay 2 supuestas partes que reclaman derecho sobre algo?
Iniciado por webosiris por lo menos en Uruguay (y por extensión creo que es exactamente igual en Argentina) a partir del 2003 ya no es necesario hacer el trámite, automáticamente tenés "copyright" sobre todo lo que seas autor sin necesidad de registar. Saludos |
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supongo que se establecerá quien fue el primero en publicar la obra o de alguna otra forma... te copio lo que dice la ley de propiedad intelectual uruguaya: Cita: este cambio se produjo en enero del 2003 (antes para estar protegido por esta ley el registro era obligatorio), y creo que fue un cambio bastante internacional ya que varios paises (por ej España) hicieron lo mismo. Por lo tanto, pienso que en Argentina es igual. Artículo 53. La Biblioteca Nacional llevará un registro de los derechos de autor, en el que los interesados podrán inscribir las obras y demás bienes intelectuales protegidos en esta ley. La inscripción en el Registro a que se refiere este artículo es meramente facultativa, de manera que su omisión no perjudica en modo alguno el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la presente ley. La solicitud, recaudos, trámite, registro y régimen de publicaciones se realizarán conforme lo disponga la reglamentación pertinente. Todas las controversias que se susciten con motivo de las inscripciones en el Registro serán resueltas por el Consejo de Derechos de Autor.
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En Chile ocurre algo similar que en Uruguay. Por el sólo hecho de haber creado la obra (salvo algunas excepciones como los programas computacionales encargados por terceros) tienes todos los derechos sobre dicha creación, aún si no la has registrado en la entidad correspondiente. En el caso de Argentina debieras buscar el texto de la ley de propiedad intelectual correspondiente. alguna vez le di un vistazo, y si mal no recuerdo en ese aspecto es similar a Chile y Uruguay. En Chile la entidad que administra los registros es el DIBAM (Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos). Cuando una persona llega a registrar una obra no se le piden más requisitos que sus datos personales y un respaldo de la obra (dependiendo de su naturaleza), ya que el DIBAM acepta de buena fe que quien registra la obra es su verdadero autor. Eso no quita que quien se sienta perjudicado por alguna inscripción fraudulenta pueda presentar todos los antecedentes que acrediten que él es el verdadero autor. Y como prueba puede presentar documentos, testigos, etc., cualquier prueba que acredite que es el verdadero autor.
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aka les paso un link http://www.secyt.gov.ar/11723.htm, pero habla de libros, musica, peliculas, arte, etc, pero nada de sitios web
__________________ hola . . . |
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El trámite en Argentina se hace en el Registro Nacional de Derechos de Autor. Depende del Ministerio de Justicia. En el sitio http://www.jus.gov.ar/, en la barra izquierda dice: Dirección Nacional del Derecho de Autor. Ahí está la información. Hay una categoría específica para páginas web. No dice el precio, habría que escribir para saberlo, pero recuerdo que hace un tiempo atrás, como dije antes, eran $14 pesos. Saludos |
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Respuesta: copyright en argentina Hola, así es como indica DeLaVega el registro se hace en http:Mins Justicia Seguridad y derechos humanos/ Estuve leyendo y hay algo que no llego a comprender: Si yo poseo una pagina web donde cada día se suman artículos de texto, como hago para que ellos esten registrados automaticamente. porque lo que yo llego a entender es que tengo que enviar una copia de mi sitio en un cd/dvd, pero si actuqalizo permanentemente los articulos nuevos no van a estar en ese cd... Entonces como seria el tema? saludos |