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Cómo afecta el artículo 403 a programadores y diseñadores

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Antiguo 17/11/2010, 08:08
 
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Pregunta Cómo afecta el artículo 403 a programadores y diseñadores

El artículo 403 del código penal dice esto:

El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.


La duda es como afecta esto a nuestro sector, para programadores y/o diseñadores. Hay algún tipo exigido para hacer un programa informático ? Hay algún tipo de título exigido para hacer un diseño para una web en la administración publica ?

Yo tengo títulos, de programación, pero realmente nunca los he tenido que justificar.
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Antiguo 18/11/2010, 04:17
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Respuesta: Cómo afecta el artículo 403 a programadores y diseñadores

Ese artículo está pensado básicamente para puestos en la administración, a los que se oposita reuniendo una serie de requisitos académicos, y para puestos que requieren de una cualificación profesional necesaria e imprescindible, para el ejercicio de su actividad (abogados, médicos, etc.).

Para el caso que planteas, no es necesario título académico, a no ser que oposites a un puesto en la administración, y en las bases se haga constar expresamente que es imprescindible el título de licenciado en informática, ingeniería de sistemas, o similar. Aún así, recuerdo que un tal Luis Roldán decía tener unos cuantos títulos, cuando en realidad lo que tenía era una etiqueta de anís del Mono (como diría Chiquito).

Etiquetas: diseñadores, programadores
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