Al menos en Argentina. Eso es lo que ha dictaminado un Tribunal de este pais que dice: "solo las personas, animales y cosas están protegidos por el Codigo Penal."
En la denuncia presentada contra un grupo de hackers por parte de la Corte Suprema de Justicia, el juez argentino Sergio Torres, ha dictaminado que no es delito borrar o alterar el contenido de una página web.
Según el magistrado las páginas web no son ni personas, ni animales, ni cosas, sino simplemente "elementos inmateriales", no protegidos por las leyes penales.
El magistrado continúa: "Una página web no puede asimilarse al significado de cosa. Ello es así en tanto y en cuanto por su naturaleza no es un objeto corpóreo ni puede ser detectado materialmente, existiendo por tanto un vacío legal en la legislación Argentina".
Un saludo,