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Necesito información fiscal específica: Independizarme siendo autónoma.

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Antiguo 28/01/2014, 03:24
 
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Necesito información fiscal específica: Independizarme siendo autónoma.

Hola a todos :)

Me voy a hacer autónoma próximamente y me gustaría si me pudieráis esclarecer unos cuantos conceptos que, a pesar de horas y horas de busqueda, no he encontrado soluciones, ya que mi situación es bastante específica.

Agradecería muchísimo a cualquiera que pudiera ayudarme, aunque fuera respondiendo solo a una pregunta.

Mi intención es aprender a hacerlo todo yo misma sin la necesidad de un gestor o similares.



Os cuento mi situación:

Tengo 19 años, vivo con mis padres y mi novio en Barcelona. Soy diseñadora gráfica (Nunca he trabajado antes por cuenta ajena) y me gustaría hacerme autónoma, poder hacer facturas, y de aquí unos meses, casarme con mi novio y alquilar algo en las afueras. Trabajo y trabajaría desde casa.

Mis clientes son, más o menos, un 85% de Estados Unidos, Canadá y paises asiáticos, otro 10% de países europeos y un 5% de España. Mis gastos de empresa no serán más que a veces algún componente de ordenador (Quizá cada 6 meses o 1 año) o lo que se llama material de oficina. (No tengo coche)




Aquí están mi preguntas:

1. Quiero hacerme una cuenta bancaria de La Caixa , sin tarjetas ni nada, solo la cuenta. ¿Puedo hacermela antes de ser autonoma oficialmente? ¿Qué necesitaré para abrirla?

2. He visto que cada trimestre tengo que rellenar la declaración el IVA Normal (No en módulos) Modelo 303 y la del IRPF Simplificada 130, ¿Es correcto? ¿Tengo que rellenar algún otro modelo?

3. Anualmente, tengo que hacer la declaración IRPF anual D-100, la declaración de IVA anual 390 y la declaración anual de operaciones con terceros modelo 347. ¿Es obligatorio ese último modelo si no se han superado las transacciones por más de 3000€ con ningún cliente? ¿Tengo que rellenar algún otro papel?

4. ¿Qué papeles de esos NO puedo enviar por Internet?

5. A causa de que la mayoría de mis clientes serán del extranjero, más del 70% de mis facturas no deberán llevar retención del IRPF, así que tendré que declarar trimestralmente y pagar el 20% de mis beneficios. En la declaración de la renta anual, ¿Dónde puedo decir que ya he pagado ese 20% cada trimestre? Ya he hecho varios borradores con el programa PADRE pero no lo encuentro.

6. ¿Puedo no retenerle a ninguna empresa de España el IRPF y calcular solamente el 20% trimestral? ¿Me lo recomendáis? (Lo digo más que nada por rellenar menos cosas en la declaración anual y tener más control sobre el tema).

7. He preparado los siguientes libros que debo llevar como profesional autónoma, ¿son correctos? Libro de Facturas Emitidas, Libro de Facturas Recibidas, Libro de registro de bienes de inversión (Facturas que superen +600 sin IVA) y Libro de Regitro de Compras y Gastos (Todos los gastos que no tengan facturas pero si tickets).

8. ¿Cuanto tiempo debo llevar casada para poder hacer la declaración de la renta anual conjunta? (Mi novio está en el paro así que nos convendrá).

9. En mi próxima situación, ¿Qué gastos podré desgravar en la declaración de IVA e IRPF, tanto trimestral como anual? No tengo pensiones, ni coches, ni ayudas, ni casas en propiedad, ni hago donativos, ni hago loterías ni quinielas (Así que no me tocará nada nunca). Mis únicos gastos serían, de vez en cuando, algo de material de oficina, programas o componentes de ordenador.

Según he visto, en la declaración anual, puedo desgravar por estar casada y hacer la declaración conjunta, un 10% del total pagado al año del alquiler, otro 10% de deducción del alquiler por estar en Cataluña y los gastos de la seguridad social que pago para mi.

En las declaraciones de IVA e IRPF trimestrales, he visto que se necesita un contrato con IVA para desgravar el alquiler, ¿pero en su defecto puedo desgravar gastos del estilo: contratos de ambos móviles, telefonos e Internet? ¿Podría desgravar también agua, gas y electricidad, al menos una parte?

10. ¿Es obligatorio llevar un libro de visitas?

11. ¿Puedo inscribirme en el ROI (Registro de Operaciones Intracomunitarias) para no pagar el IVA entre clientes de Europa al mismo tiempo que me hago autónoma? He visto una casilla en el Modelo 036 de alta en Hacienda que indica si quiero darme de alta, sin embargo, he visto por ahí que era necesario tener un par de facturas con IVA a clientes de Europa como comprobante. ¿Es cierto?

12. Si empiezo en Febrero o Marzo de este año mi actividad, ¿Tendré que hacer la renta anual este Junio o ya tendré que esperar al año que viene?

13. La mayoría de mis transacciones serán en dolares americanos. ¿Puedo poner en una misma factura las dos divisas¿ Al recibir los dolares, ¿Tendré que hacer la conversión inmediatamente al recibirlos para que no cambie el valor de la divisa? ¿Hay algún otro requisito necesario para legalizar el tema?

14. He oído hablar de una deducción de 400€ y también de una deducción del 20% en algo. No tengo mucha información sobre el tema. ¿A que se deduce? ¿Cómo y dónde se aplican? ¿Qué consecuencias negativas podría tener aplicarlas?

15. ¿Conocéis algunas guias sobre como rellenar cada modelo? Hay algunos conceptos que no entiendo. Me he leído el libro de declaración de la renta para dummies, y un montón de guias, pero no profundizan en mi caso específico.

16. ¿Qué necesitaré para poder alquilar un piso sin problemas? Es decir, ¿Qué me podrá pedir el casero? ¿Le puedo dar información sobre mis ingresos mensuales (el libro de facturas emitidas) sin necesidad de darle la declaración de IRPF trimestral o anual?


Un saludo y muchísimas gracias a todos los que hayan llegado hasta aquí pasando por esta Bíblia de arriba :)
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Antiguo 28/01/2014, 08:00
 
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Respuesta: Necesito información fiscal específica: Independizarme siendo autónoma.

Acerca de la cuenta, que yo sepa, necesitas solamente el DNI y una mínima cantidad de dinero para un ingreso inicial. Las tarjetas suelen darlas automáticamente (te las mandarían en unos días a tu domicilio), si no las quieres tendrías que manifestarlo en el momento de abrir la cuenta. Tampoco creo que haya problema en que, si te haces autónoma después de abrir la cuenta, puedas trabajar a través de esa cuenta.

Sobre el punto 8 te diré que la declaración conjunta puede ser a partir del día de la boda (eclesiástica, civil o inscripción como pareja de hecho). Lo suyo es hacer una individual por la parte del año anterior a la boda, y conjunta por el resto. Así, por ejemplo, si te casas el 1 de Julio de 2014, en 2015 (declaración del ejercicio de 2014) tendríais que hacer una individual por los 6 primeros meses, y una conjunta por el resto. A partir de ahí, ya según te interese (individual o conjunta).

Sobre el tema del alquiler, eso depende de lo que quiera el casero. Lo más corriente es que soliciten una nómina (o, en tu caso, como autónoma, lo más parecido, que podría ser la declaración del IRPF, o cualquier otra cosa que se le ocurra), para asegurarse de que, con tus ingresos, puedes pagar el alquiler sin problemas. Pero, como dije, eso depende del casero: Igual se fía de tu promesa de que le vas a pagar el 5 de cada mes, que te pide hasta un aval bancario.

Sobre el resto, lamento tener que remitirte a una delegación de Hacienda (y rezando para que te toque alguien que conozca bien el tema). Por desgracia, hay muchas trabas y gestiones (tanto estatales como autonómicas y locales) a realizar por parte de aquellos que quieren hacerse autónomos. Aunque imagino que esos gastos que citas, al menos en parte, te los podrás desgravar o añadirlos a la cuenta de gastos.

Que tengas mucha suerte...

Etiquetas: fiscal, siendo
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