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Cuando se expresa de esa forma, generalmente se refiere al "valor mayor", es decir, como mínimo 50 euros o el 10% si el monto del porcentaje excede los 50 euros. Se entiende o lo compliqué más? |
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Vamos a ver: yo te ofrezco que revendas mi servicio de registro de dominios, y te cobro una comisión del 10% respecto a todo lo que vos vendas. Pero te fijo una tarifa mínima de 50 euros por mes. Es decir, que lo mínimo que te voy a cobrar son 50 euros por mes, aunque las comisiones de lo que hayas vendido ese mes sumen 25 euros. Esto se suele usar para incentivar al vendedor para que venda más, y para cubrir los gastos mínimos de quien ofrece el negocio a comisionistas. Porque quizás resulta muy caro atender a un comisionista que sólo genera comisiones de 10 euros por mes. Entonces, el mínimo es 50 euros. Y si las comisiones superan los 50 euros, entonces el revendedor pagará el monto correspondiente a las comisiones. La sigo embarrando o mejoré? |
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Pues, que la venta son el 10% siempre, pero minimo hay que pagar 50 euros. Vamos que todo dominio mayor que 500 euros pagara el 10% y todo dominio menor o igual pagara 50 euros ya que el 10% de su coste no llega al minimo. Nota: 10% de 500 son 50. Haber si asi lo ves algo mas claro. Saludos |