No se si seré el único o a otros le ira mejor pero antes de poner los precios voy a dar unas aproximaciones de las estadísticas de una web de música a la carta solo para escuchar.
EJEMPLO (basado en web no comercial, ¿entonces de donde sacamos el dinero para pagar esto?):
- Media de visitas/dia==>5000
- Media de Ganancias Publicidad/dia===> 5 euros
Ahora calculando para llegar a los 25.000 visitas (la tarifa mínima establecida por la SGAE) tengo 5 días, entonces multiplicamos 5x5 ==> me sale 25 EUROS.
*Pero esto de que va? imaginemos que podría ganar hasta 10 euros por día(difícil con 5000 visitas), miltiplicados por 5 me sale 50 euros.
Ahora estas son la tarifas segun el contrato de la SGAE:
Webs Comerciales
* El hecho que tengas publicidad en tu web es considerada como una web comercial
*Hasta 100.000 visitas Mensuales ==> Precio/Mes: 299.08 Euros
*Mas de 100.000 visitas Mensuales ==> Precio/Mes: 478.53 Euros
Webs No Comerciales
*Tu web no puede generar ingresos de ninguna manera
*Hasta 25.000 visitas ==> Precio/Mes 58,82 euros
*hasta 100.000 visitas==> Precio/Mes 119,63 euros
*mas de 100.000 visitas ==> Precio/Mes 299.08 euros
Las preguntas son: Alguien con hasta 100.000 visitas/mes gana 230.08 euros? si es asi diganme como por que yo si tengo 3000 visitas/diarias en una web apenas llego a casi 100.000 visitas, y con esto saco a mucho exagerar 150 euros.
cuanto ganas tu con una web de 100.000/mes visitas?
si superas las 100.000 visitas y tu 10% de las ganancias no llega a 478 euros, si o si tienes que pagar este mínimo.
No se ustedes, pero estos de la SGAE son de mucho cobrar pero de los negocios en internet parece que no tienen ni idea.
A estos gatos hay que añadir costes de servidor, mantenimiento, horas tras el ordenador, dominio, etc..
"A" Hay que añadir que cada trimestre tienes que estar dejandoles informados sobre tu web: cuantas veces se ha reproducido una pista; informarles de titulo, interprete, sello discografico, y autor de las obras que se reproducen; Ganancias totales de la web; total visitas de la web; total usuarios; ganancias no solo de publicidad sino también de ingresos por afiliaciones, usos, etc; Vamos como si tu web fuese una empresa mas de la SGAE donde tu tienes que trabajar para ellos.
OJO: Esta licencia es solo valido para territorio español, si un usuario escucha fuera de España una canción cabe la posibilidad de que tengas que contratar una licencia con la asociación de autores de dicho país, o bien aumentar la tarifa a la SGAE para que ellos se pongan en relación con esta otra asociación.
Ademas que en el contrato que tienen solo condiciones a favor de la SGAE te obligan a realizar modificaciones que no tiene relación con el caso, por ejemplo: quitar enlaces a webs que no tengan la licencia.
Rabia!! como quieren imponernos esto si nisiquiera tienen bien planteado la eficaz de su ejecución, yo que quería hacer las cosas legales por el momento ni aunque el FBI haya arrestado al de Megaupload pienso hacerlo.
PD: si es una web de descargas los precios se disparan aun mas!