Como os quiero JVB y Apastor, sois mis chicos, nunca me fallais.
La realidad es que todo es una parafernalia absurda e inutil. La LOPD dice claramente que llegando a un acuerdo con el interesado (Contratante), osea un contrato que pones en el inicio de tu proceso de aceptación de normas, para el tema APD y Safe Harbor, es suficiente. En cuanto al registro mercantil, que importancia tiene? Se registra y ya está.
Saludos, y a relajarse