24/05/2004, 08:32
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Disculpa que no te haya aclarado lo suficiente tu pregunta. Por supuesto que los particulares están obligados igualmente a adaptarse a la LSSI, a tal efecto te dicto textualmente la ley: "Todos los servicios de la sociedad de la información, que sean prestados a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario, o bien que no siendo remunerados por sus destinatarios constituyan una actividad económica para el prestador de servicios, han de cumplir con la normativa de servicios de la sociedad de la información".
Un saludo.
Iciar López-VIdriero
Abogada Nuevas Tecnologias
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