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  #36 (permalink)  
Antiguo 02/02/2004, 17:57
marg
 
Fecha de Ingreso: agosto-2001
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Creo que la cantidad que puedes cobrar como colaboraciones o trabajos extras no deben superar las 500.000.-ptas.
Si tu trabajas + cobras como extras esa cantidad y al año te has cobrado entre todo más de ,creo 1.500.000.-ptas, estas obligado a declarar a hacienda. Pero si tienes al año menos de esa cantidad o menos de 1.000.000.- no estas obligado a comunicarselo a hacienda o hacer la declaracion.
Y el IAE estaba obligado hacerlo los autonomos y las empresas, etc,...
Ya no existe. El ultimo IAE era el del 2003.