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Antiguo 29/01/2004, 08:13
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PSChild
 
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Aunque llego algo tarde a esta discusion, como ya he comentado en otros mensajes, solo si estas dado de alta en la seguridad social y en el IAE puedes facturar, ya sea la persona fiscal o jueridica que sea, (autonomos, empresas NESL, empresas SL, empresa SA, cooperativas, etc...)

- Primero hay que darse de alta en la Seguridad Social, (sin el justificante de estos, no te daran de alta en el IAE)
- Luego en el IAE, aunque no haya que pagar hasta facturaciones o beneficios de 1 millon de euros, (en la cantidad no estoy muy seguro)
- Finalmente podreis facturar todo lo que querais, siempre y cuando lo hagais con vuestro nombre y DNI/NIF, y este comprendido entre los servicios de los epigrafes del IAE

No hacerlo asi, es ilegal, y conozco ya varios casos de "amigos" que han tenido problemas, ya que para las administraciones, la LSSICE, les ha dado facilidades para investigar quien ofrece servicios sin estar registrado en ningun sitio.

Desde hace algun tiempo comenzaron a elaborar una base de datos con listados de dominios, que aun no se han declarado como obliga la ley, aparte de esto la gran mayoria pertenece a este grupo de "empresas/autonomos" que, o no declaran, o no cobran IVA, o simplemente son ilegales.

Todo ello implica un gran cantidad de dinero, que tanto, Hacienda, con IVA e impuestos por beneficios y la Seguridad Social por cobros retributivos, no estan dispuestos a dejar escapar
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Salu2