Cita:
Iniciado por Jm Rosón B CORRECCIÓN
He transcrito el contenido del post de PorticoLegal.com de 2011 sin revisarlo.
Os indico que la consideración de envío masivo ha cambiado por aplicación del Apartado 8 de la Disposición Final Segunda de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, que entró en vigencia el pasado 11 de mayo de 2014, y que lo define literalmente como:
El envío masivo de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente, o su envío insistente o sistemático a un mismo destinatario del servicio cuando en dichos envíos no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21.
Bueno, lo cierto es que no he enviado mas de un correo a un mismo destinatario a excepción de los que me han respondido. Y bueno trataré de comunicarme con los administradores de los sitios para ofertarles una propuesta , si están de acuerdo en que se las oferte, antes de ofertarselas. Soy de mexico