11/09/2013, 16:53
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| | Fecha de Ingreso: junio-2007 Ubicación: Bilbao (Vizcaya) España
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Respuesta: Almacenamiento de datos sexuales según la LOPD Hola pitger.
Esas páginas no están incumpliendo la normativa.
Hay que hacer una clara distinción entre los párrafos 3º y 4º de la LOPD.
El párrafo 3 establece una singularidad en cuanto a la recogida, tratamiento y cesión de de datos sobre el origen racial, salud y vida sexual, con la limitación del consentimiento expreso del interesado (o motivos de interés público en su caso), en plena coherencia con lo delicado de la naturaleza de tal información y haciéndose acreedores además de cautelas y procedimientos especiales descritos en la propia ley y reglamento.
El párrafo 4 prevé el caso que he descrito en el post #11, estableciendo, como ya he indicado:
"Quedan prohibidos los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual."
Se trata aquí de distinguir el supuesto de la recogida, tratamiento e incluso cesión legítima de datos relativos a la orientación o vida sexual de la persona (en este caso), en que pudiera estar interesado el propio afectado, como es el supuesto que se supone se plantea en el hilo, y al que tú mismo haces referencia citando sitios web tan renombrados como Badoo.com, meetic.es, ashleymadison.com, para fines relacionados con contactos, relaciones y flirteos varios, de otros objetivos, como el que describo de forma escueta en mi anterior intervención, orientados a cualquier otra utilidad que en ciertas circunstancias o siguiendo el propósito de sus responsables pudiera constituir una amenaza para el individuo afectado.
La recogida de datos relativos a la vida u orientación sexual de la persona para la operación de un sitio web de contactos o encuentros sexuales es legal si cumple con los requisitos del artículo 7-3 de la LOPD en correspondencia con los demás imperativos en cuanto a la inscripción y manejo del fichero de protección de datos.
La recogida de este tipo de datos para (por ejemplo) hacer ficheros que identifiquen a una persona o personas como parte de tal o cual colectivo merecedor de trato excluyente, vejatorio o represivo (“para tenerles fichados”) no es ni puede ser consentida y, por supuesto, no está cubierta por este marco legal.
__________________ José Manuel Rosón Bravo |