el usuario que pregunto inicialmente @javierlopz es Mexicano y en mi respuesta al inicio dije claramente EN MÉXICO, no quise generalizar para todos los países/ciudades, si lo hice no fue mi intención.
los artículos 262 y 263 del código penal mexicano respaldan mi comentario
link de referencia -> clic aquí, buscando en google puede haber información mas completa.
Cita: Artículo 262 .- Al que tenga cópula con persona mayor de doce años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión.
Artículo 263 .- En el caso del artículo anterior, no se procederá contra el sujeto activo, sino por queja del ofendido o de sus representantes.
articulo 262 dice claramente que si es menor de 18 años se considera violación... y en el 263 deja claro que valiendo un cacahuete que haya sido consensual si los padres/tutores presentan la queja se procede legalmente.
Aunque bueno la jurisprudencia de dichos artículos abría que confirmarla ante un tribunal, pero en la practica social, es tal cual lo dije, es violacion mientras sea un menor de edad (menor de 18) y un adulto (18 en adelante)