Cita: Respecto al tema del Contrato de Encargado de Tratamiento, hay que tener en cuenta que la mayoría de proveedores de hosting desgraciadamente no incluyen en sus condiciones de contratación, las cláusulas que exige el art. 12 de la LOPD (especialmente las empresas pequeñas) por lo que en muchas ocasiones hay que estar detrás de ellos mandándoles el contrato. LA AEPD ha declarado en bastantes ocasiones que el proveedor de hosting es un encargado de tratamiento ya que la mera conservación de datos es una operación de tratamiento, por eso creo que es importante tener cubierto este punto.
Tienes razón. Incluso me he encontrado con algunas "empresas de hosting", que ni sabían lo que es "encargado de tratamiento" y con respuestas del tipo "pero si es ud. el que se tiene encargar de sus datos" xD O de otras que se niegan a firmar cualquier contrato con cláusula de encargado de tratamiento.