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Antiguo 28/05/2012, 04:35
marsaenzme50
 
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Respuesta: Iniciando una Sociedad Limitada

Crear una S.L., suele tardar más de 48 horas, ya que una vez firmada en el notario, tiene que pasar por el Registro Mercantil, y ahí se puede pasar varios días, normalmente entre 7 ó 10 días, hasta que queda registrada.

Cualquier actividad empresarial, artística, profesional, etc. lleva IVA, que se declara trimestralmente, sea ejercida ésta por un autónomo o persona jurídica (Comunidad de Bienes, Sociedad Civil, Sociedad Limitada o Anónima, etc.).

Los gastos deducibles son muy relativos, según la Agencia Tributaria, los gastos legalmente deducibles son aquellos que necesites tener para conseguir tus ingresos, es decir, si tú vas a trabajar desde tu casa, y la publicidad lo vas a hacer vía Internet, no cabe que metas de gasto una cena con los amigos, alegando que has tenido que pagar la cena de unos clientes.

Tampoco contempla Hacienda que puedas meter la factura de la luz de tu casa, ni siquiera la parte proporcional a la habitación que tienes habilitada para despacho, solo te lo acepta si pones contador independiente para esa parte de la casa. Aunque nadie lo hace, es lo único legal.

Luego hay otro tema, en una S.L. hay que pagar el Impuesto de Sociedades, es un impuesto que se paga anualmente, más varios pagos a cuenta durante el año, que luego se deducirán en Julio, que es cuando se presenta el I.S.

Si tú eres el administrador de la S.L. no puedes sacar el dinero de la cuenta sin una justificación, ya que todos los movimientos bancarios, se tienen que reflejar en la contabilidad, para echar mano del dinero tendrías que tener una nómina, (sin cotización a la Seguridad Social ya que como Administrador serías autónomo ante la Seguridad Social y cotizarías por el RETA), esta nómina tendría una retención del IRPF, que tú tendrás que declarar en la declaración de la Renta, pero la S.L. tendría que pagar trimestralmente estas retenciones.

La contabilidad de una S.L. tiene que estar ajustada al Plan General Contable, y si no eres experto en contabilidad, tendrás que pagar una asesoría que te lleve los papeles.

En cuanto a lo de los 3000 euros anuales, no es ningún bulo, cuando facturas o te facturan más de 3005,06 euros anuales, hay que declararlo en el modelo 347 de Operaciones con terceras personas, se presentará a partir del año que viene en el mes de febrero (antes era en marzo) y hay que desglosar los importes trimestralmente.

Complicado.... espero que te haya aclarado un poco las dudas que tenías