Cita:
Iniciado por reprogramator El resulado de cifrar un email con algún método irreversible (como el md5), supone la desaparición de la información original (el email) y se consigue una cadena de caracteres ilegible, la cual no representa nada ni identifica a nadie, por lo que no es un dato personal.
Si, eso está claro, pero en el proceso de cifrado, has tenido acceso a esos datos personales, con lo que qué indica la ley, el pedirlos o el guardarlos?
La verdad que es un tema delicado, y hay que andar con mil pies para no caer fuera de la ley.
Estaría bien que alguien mas pueda comentar algo sobre la ley, al menos, con la última cuestión que planteo.