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12/06/2003, 07:13
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![Avatar de maestro](http://static.forosdelweb.com/customavatars/avatar16226_1.gif) | | | Fecha de Ingreso: febrero-2002 Ubicación: España
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Todo eso esta muy bien, pero ahora dime a ver que empresa o particular te paga sin que le expidas una factura, ya no es solo por el tema de hacienda, sino por una cuestion de imagen, de solidez, a la hora de reclamar si algo va mal.
No es lo mismo cobrar por hacer algo, que presentar una factura y las garantias que esto conlleva.
Para que podamos descontar las facturas de lo que compremos y los servicios que nos presten otros profesionales debemos estar dados de alta, ¿como presentamos una cuenta de ingresos y gastos para amortizar/compensar si no estamos dados de alta en ninguna parte?
Ademas eso de la habitualidad te lo diran las asesorias y los amigos abogados, tu vete a la tesoreria de la seguridad social o a hacienda y veras lo que te dicen.
El epigrafe 844 servicios de publicidad relacciones publicas y similares, que es el el que estamos la mayoria de los freelance y webmasters, necesita su alta en la SS y acogerse a un regimen fiscal determinado puesto que es una actividad empresarial
Eso que comentas solo es valido para gente del TOP MANTA, afiladores de cuchillos, feriantes ambulantes y cosas asi, todas las demas actividades profesionales y empresariales SERIAS encuadradas en el regimen especial de autonomos, necesitan lo que hemos comentado para estar de FORMA LEGAL, otra cosa es que nos "hagamos los suecos".
Última edición por maestro; 12/06/2003 a las 07:17 |