Kamiboa, si tu nombre de dominio fue registrado con anterioridad a la marca y denominación social, y vienes haciendo uso de tu dominio en el tráfico económico, tu gozas de prioridad frente al titular de la marca y denominación social.
Tal y como han señalado, para la resolución de conflictos entre signos distintivos (dominios, marcas, nombres comerciales y denominaciones sociales), hay que atender fundamentalmente a:
1. Registro prioritario: Goza de preferencia aquel signo que antes haya sido registrado.
2. Uso del signo distintivo en el mercado.
3. Buena fe.
Estos tres requisitos o condiciones, deben entenderse como una unidad y sobre todo cuando se trata de dominios web.
Te facilito un enlace a un artículo que trata sobre este asunto, que espero te sirva de ayuda.
http://convelia.com/conflicto-entre-...nes-sociales-3
Saludos