Cita:
Iniciado por freegirl no sé que dirán los expertos. Pero vamos lo veo exagerado. ¿dónde sacaste la info esa o quién te lo ha dicho?
Hola Freegirl, gracias por tu respuesta....la verdad es que a mi tambien me parece un disparate, pero esto viene del artículo 92.1 del Reglamento, que según el que me esta ayudando a cumplir con la lopd se aplica tanto a ficheros automatizados como en papel:
Los soportes y documentos que contengan datos de carácter personal deberán permitir identificar el tipo de información que contienen, ser inventariados y solo deberán ser accesibles por el personal autorizado para ello en el documento de seguridad.
Se me quitan las ganas la verdad.....
A ver que dicen los expertos