creo que no nos entendemos, o no me quieres entender, y casi que por mi parte voy a finiquitar la conversación aquí....que me canso....
No, no me da la razón absoluta estar cotizando en reta.Claro que no. Es obvio. Esa respuesta iba a raíz de lo que dijiste tú. Pero si lo sacamos de contexto.....
tu planteas un caso concreto. Y estaría por ver los detalles del caso. Por lo que NO es una norma general y en ningún caso aplicable al resto.
Eso mismo pasa con los casos dónde las resoluciones han sido favorables a los sujetos. Eso no implica que todos los casos sean así.
CAda uno que haga lo que quiera. Faltaría!....Sólo aporto mi humilde opinión, para ayudarnos entre forer@s, y se deben saber los pros y contras. También se han escrito muchas leyendas urbanas, y más de uno ha tenido algún disgusto tributario....
Eso si, si nunca tenéis un requerimiento no pongáis "lo leí en forosdelweb"
Eso no servirá de excusa. verdad verdadera.