Cita:
Iniciado por Jcastillo_ No hay ningún vacío legal, está todo perfectamente legislado. Tienes que tributar en españa por tus beneficios, si son simbólicos, no necesitas darte de alta en la seguridad social como autónomo (bastará con meterlos en la declaración de la renta), pero si son beneficios un poco serios (500-600€ al mes) ya tienes que darte de alta como autónomo.
Si son beneficios marginales, no necesitas darte de alta en la ss como autónomo, lo tienes que meter en la declaración, pero de cualquier manera tienes que darte de alta en el IAE (es gratis).