01/02/2011, 14:16
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| Colaborador | | Fecha de Ingreso: diciembre-2003 Ubicación: Desde una destilería
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Respuesta: Irpf Porque los dominios entran dentro del concepto de "suplidos", es decir, gastos en los que tú incurres, y que son con cargo a tus clientes (son gastos en los que tú haces de intermediario, donde simplemente compras y vendes), y no están sujetos a retención.
En el resto de casos, estás prestando un servicio profesional, sujeto a retención. Por cierto, no en todos los diseños web debes retener el IRPF. Si tu cliente es una empresa, entonces sí debes incluir la retención del IRPF, pero si tu cliente es un particular, entonces no.
Saludos. |