18/11/2010, 04:17
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| Colaborador | | Fecha de Ingreso: diciembre-2003 Ubicación: Desde una destilería
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Respuesta: Cómo afecta el artículo 403 a programadores y diseñadores Ese artículo está pensado básicamente para puestos en la administración, a los que se oposita reuniendo una serie de requisitos académicos, y para puestos que requieren de una cualificación profesional necesaria e imprescindible, para el ejercicio de su actividad (abogados, médicos, etc.).
Para el caso que planteas, no es necesario título académico, a no ser que oposites a un puesto en la administración, y en las bases se haga constar expresamente que es imprescindible el título de licenciado en informática, ingeniería de sistemas, o similar. Aún así, recuerdo que un tal Luis Roldán decía tener unos cuantos títulos, cuando en realidad lo que tenía era una etiqueta de anís del Mono (como diría Chiquito). |