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Antiguo 13/11/2010, 06:17
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freegirl
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"Enviar a un amigo" y LOPD (ojo!)

Aunque la noticia no es nueva, cuando la he leído me he quedado muerta.

Cita:
¡Ojo al enviar datos "a un amigo! Protección de Datos considera que es sancionable

"Recomienda esta página a un amigo". Si en su página web aparece esta fórmula de autopromoción, sepa que esta opción tiene los días contados, si no quiere recibir una multa. Según la Agencia Española de Protección de Datos esta práctica vulnera la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), que no prevé que se pueda enviar ningún mail con contenido publicitario o promocional[...]
Cita:
´Esta valoración supone vaciar de contenido una opción que se utiliza precisamente para atraer nuevos visitantes, a través de las recomendaciones que realizan los propios usuarios. El envío de este tipo de correos electrónicos, aunque lo llevan a cabo los propios internautas, se realiza desde la dirección IP de la empresa sancionada, por lo que la Agencia estima que la página web es responsable
fuente de la noticia:
http://www.eleconomista.es/economia/...ncionable.html


Resolución AGPD:
https://www.agpd.es/portalwebAGPD/re...lo-21-LSSI.pdf


¿no es hilar muy fino?

por otro lado, si tu tienes un portal de anunciantes (por ejemplo), y hay la opción de contactar con el anunciante cumplimentado un formulario web (muy muy habitual) si el usuario que contacta le da por enviar publicidad o cualquier mensaje de tipo delectivo, por esa regla de tres ¿la empresa dueña de la web también es la responsable? ya que el envío también se realiza desde la IP de la web....Si esto es así, en vez de avanzar vamos pa' atrás.

A ver si algún entendido puede dar su opinión.
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Saludos

Última edición por freegirl; 13/11/2010 a las 06:35