Buenas,
Esto me gustaría que sirviese de guia para otros usuarios que empiezan a facturar "servicios/productos" como podría ser una web (mi caso). Espero que entre todos podamos orientar al usuario lo máximo posible, ya que la información que he encontrado no me ha sido muy fácil recopilarla (pregunta aquí, ahora allí, mira esta web, ahora la otra, etc...)
Resumiendo ahí va la situación:
No eres autónomo y te sale la oportunidad de hacer una web. En mi caso pondré cantidades reales para los cálculos de ejemplo. Cobraré por la web 12.000 euros. País España, desconozco si fuera de España se hace diferente.
En España, para ir bien con hacienda debes seguir dos pasos
1 - Alta censal en Hacienda (modelo 036)
2 - Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Después del alta censal, se dispone de un periodo de 30 días naturales para realizar la inscripción. Se ha de llevar el modelo 036, el DNI y el modelo TA521/1 de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Este último podrá cumplimentarse en la misma oficina de la TGSS.
A partir de ese momento ya podrás emitir facturas con IVA y IRPF
IRPF: Es el famoso impuesto a las personas físicas, que también pagan los asalariados. Para los autónomos suele ser de un 15%, excepto durante el primer ejercicio (si se empieza en agosto solo contaría hasta diciembre) y los dos siguientes,
que es tan solo del 7%. Se retiene en la factura y luego se hace una declaración trimestral.
IVA: El IVA se paga trimestralmente y asciende generalmente a un 18%, aunque hay actividades que se pueden desgravar. A este concepto se le puede restar el IVA de los gastos que repercutan en la actividad del autónomo. Se paga trimestralmente.
Para una web, el IVA en España ahora mismo debería ser 18% y el IRPF según he leído debería ser del 7% o 15%?
http://www.desarrolloweb.com/articulos/2114.php El autónomo tiene que hacer declaraciones trimestrales y anuales.
Un ejemplo, si cómo autónomo has facturado 12.000 euros y has cobrado un 18% de IVA, significa que ha recaudado (18% de 12.000) 2.160 euros en IVA a las empresas.
A la empresa le deberías cobrar 14.160 euros
Por otra parte, si has comprado productos por valor de 1.000 euros y esos productos venían grabados con un 18% de IVA, quiere decir que ha pagado (18% de 1000) 180 euros de IVA. Entonces, al hacer la declaración trimestral, deberías pagar 2.160 - 180 =
1.980 euros de IVA a hacienda.
Y aquí cuando se asusta la gente, que más te da pagar ese dinero a Hacienda si tu cobraste tus 12.000 netos y el resto te lo pagó la empresa como un gasto "extra" para ti, para cuando hagas la declaración trimestral.
Luego, las empresas para las que ha trabajado deben haberte retenido un IRPF en cada una de tus facturas. Las empresas ingresan ese IRPF en nombre del autónomo a hacienda. Al final del año, el autónomo tiene que hacer su declaración de la renta. En ella se calculan los beneficios del ejercicio, contabilizando los ingresos menos los gastos que ha tenido.
El autónomo cotiza sobre un 20% de los beneficios del año.
¿Esto es así siempre 20%?
Porque de ser así, significa que el resultado de la
declaración anual, ya no hablamos de trimestral, en hacienda es el 20% de los beneficios menos la suma de los importes que las empresas han realizado a su cuenta en concepto de IRPF.
Ejemplo final:
Si el autónomo en todo el año ha facturado 12.000 euros y ha tenido unos gastos de 2.000 euros, sus beneficios son de 10.000 euros. Sobre estos deberá cotizar a un 20%, lo que son 2.000 euros.
Ahora supongamos que durante todo el año han estado reteniéndole en sus facturas un 15%.
Si ha presentado facturas por 12.000 euros, le han tenido que retener 1.800 euros a cuenta de su IRPF durante todo el año. Ahora se calcula el resultado de la declaración restando los 2.000 euros, que debe cotizar según sus beneficios, menos el importe que ha satisfecho durante todo el año, que eran 1.800 euros.
Esto nos da -200 euros, es decir, hacienda en su declaración anual le devolvería 200 euros.
¿Podéis darme vuestros matices y correcciones?
Muchas gracias de antemano