hola, creo que estuvistes mal asesorado, ya que salvo que se especifique lo contrario el código fuente es de tu empleador, y el puede hacer lo que quiera.
10 segundos de búsqueda en google
me devolvió esto:
"Salvo pacto en contrario, los derechos patrimoniales sobre un programa de computación y su documentación, cuando hayan sido creados por uno o varios empleados en el ejercicio de sus funciones o siguiendo las instrucciones del empleador, corresponden a éste." LFDA 103.