Un poco tarde, estuve liado con otras cosas, pero te agradezco mucho tu información Freegirl.
Me parece que es prácticamente todo lo que necesito saber sobre el tema.
Entiendo que si presto un servicio de consultorio por internet a un cliente establecido fuera de España no le tengo que cobrar el IVA.
Eso me hace pensar que sería mejor publicar los precios de dicho servicio sin incluir el IVA y advertir de que para clientes de España se le aplica el IVA correspondiente sobre los precios.
Porque no voy a cobrar lo mismo a un cliente de p.ej. México como a uno de España.
Un saludo.