Muchas gracias, proteziona, ésa es la información a la que me refería. De su lectura se deduce que si bien no tiene porqué aceptarse siempre dicha exención, parece ser algo bastante frecuente, de hecho recuerdo que el artículo del abogado al que me refería lo daba por funcional para casi todas esas situaciones de "negocietes a medio gas".
Un saludo