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Antiguo 09/06/2010, 14:06
Jm Rosón B
 
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Respuesta: Robo de página web

Hola alejosalva,

Para comenzar, y para que te sientas comprendido, te diré que yo he sido víctima de este mismo tipo de práctica en dos ocasiones, conociendo de casos similares por alguno de mis clientes.

Baste decir que desde hace años utilizo el servicio gratuito presente en http://www.copyscape.com para detectar la presencia de este tipo de elementos.

No debes preocuparte, ya que la solución es simple y siempre efectiva.

Antes de nada, y a fin de exponerte el marco jurídico que te asiste, te indico que tu derecho sobre esa página web te viene reconocido por el sólo hecho de la creación de la misma a tenor de la literalidad del artículo 1 de la Ley 1/1996, de 12 de abril, de Propiedad Intelectual.

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Artículo 1. Hecho generador.

La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.


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Este tema ya se discutió anteriormente en otro hilo de debate en el que participé, algo distinto en cuanto a su temática, pero que puede servirte en esta parte concreta de la exposición, y al que puedes acceder a través de este enlace:

http://www.forosdelweb.com/f83/sobre...ectual-808285/

No es necesario el registro ni ningún otro tipo de prueba documental para que se produzca el nacimiento del derecho, sino que se trata de medios meramente probatorios a los que acudir en casos como el que estamos comentando aquí.

Ello no es óbice a que puedan presentarse otros métodos de prueba que decidan la cuestión a tu favor en caso de acudir a los tribunales. Y para ser más específicos:

1. Declaración del diseñador freelance que dices te preparó la página web, con especificación de su actividad, y con presentación de documentación (presupuesto emitido en su momento, facturas, etc.).

2. Presentación de testimonio documental de la empresa de alojamiento en que instalaste tu dominio y archivos. Ello no prueba que tales archivos correspondan con el contenido actual desde la fecha de alta, pero sí sirve como prueba indiciaria sobre tu actividad bajo el dominio que tienes. Si el título de tu web es igual al del dominio, mucho mejor, por razones obvias.

3. Declaración de terceros – a ser posible sin relación familiar ni de amistad contigo –, tales como clientes de tu página web, personas que hayan contactado contigo a través de los formularios de la misma o de su webmail, y que puedan corroborar la existencia de tu sitio web con los contenidos con que se muestra hoy en Internet con fecha anterior a la de la aparición de esta segunda web presuntamente copiada de la tuya.

4. Y, por supuesto, copia del caché de Google, si es posible, que muestre tu índex con fecha anterior a la de la aparición de la web en disputa. Ello es determinante, por razones obvias.

En cualquier caso, si la web es totalmente igual a la tuya, como dices, no puede haber caché de la misma debido a la operativa de Google con respecto al contenido duplicado en páginas web, que conduce a la no indexación de sus contenidos.

En otro caso, y para que sirva en otros casos donde el plagio sea parcial o con modificación de frases o contenidos a fin de engañar a la víctima o posibles clientes, hay que tener en cuenta que, si el tiempo ha transcurrido y la última actualización del caché es posterior a la de la aparición de esta segunda web, de seguro se puede recurrir a versiones del caché correspondientes a páginas interiores, cuyo refresco se efectúa por semanas o meses, si el sitio tiene la suficiente profundidad, y que, en tu caso, ofrecerá la misma prueba si se procedió al mismo copiado de secciones y páginas interiores.

En este apartado, te diré que debes acudir al juzgado de instrucción correspondiente para solicitar se proceda a una copia oficial de dicho archivo de Google antes de que el sistema actualice su contenido, a fin de probar su existencia en el momento de la vista.

También te servirá un documento notarial donde se describa dicho contenido.

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En cuanto a la responsabilidad penal en que incurría el autor de los hechos que expones, te diré que se encuentran descritos como delito contra la propiedad intelectual en la Sección Primera del Capítulo XI del Título XIII del Código Penal, con las penas y consecuencias que tú mismo puedes ver entrando en:

http://noticias.juridicas.com/base_d...995.l2t13.html

Como podrás comprender, y teniendo en cuenta la existencia de acuerdos de cooperación internacional en materia de investigación policial y judicial, este tipo de delitos son perseguibles y enjuiciables aunque se hayan perpetrado a través de una página web alojada en un servidor situado fuera de España.

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Para concluir, y tranquilizarte con respecto a tu problemática, tengo que decirte que lo dicho hasta aquí resulta innecesario en la inmensa mayoría de las ocasiones (y en todas las que yo he conocido), ya que es sumamente sencillo el hacer desaparecer la página web pirata.

Por favor, sigue este procedimiento, que yo mismo y alguno de mis clientes han utilizado ya con éxito:

1. Localiza el alojamiento del sitio web pirata.

Para ello,

a) Pulsa Inicio en Windows.

b) Pulsa Ejecutar el menú.

c) Escribe cmd y pulsa Aceptar.

d) Tras la denominación que le tengas dada a la unidad C:/, escribe nslookup www.laweb.com (se entiende que “laweb” es el nombre de la web pirata que plagia la tuya). Te saldrá la dirección IP (cuatro grupos numéricos separados por puntos).

2. Entra en Internet y accede a http://www.internautas.org/w-iplocaliza.html

3. Escribe la IP obtenida en el punto d) en “IP a Buscar”. Te saldrá una dirección (Localización) y la denominación de la empresa de alojamiento (Proveedor).

4. Busca el proveedor en Internet.

5. Envíales un mensaje informándoles del asunto de forma detallada, pidiéndoles que comparen el contenido de tu página web con la que tienen alojada en su servidor, y exponiéndoles tu intención de acudir a las autoridades para la interposición de la correspondiente denuncia en caso de que tal situación se mantenga.

Si se trata de una empresa de alojamiento legítima, procederán a comunicar con su cliente y a eliminar la página web del sistema.

En el caso de que se trate de un hosting de dudosa reputación u operado por empresas sin declarar o en formas propias de economía sumergida, mucho mejor. Este tipo de organizaciones o personas buscan la discreción y el sigilo en su actividad; ni quieren ni necesitan llamar la atención de ninguna autoridad que, por estar investigando una página web dentro de sus bases, vaya a fijarse en ellos y sus propias irregularidades. El resultado en este segundo caso es más fulminante, y ni siquiera paran en pedir explicaciones a su cliente.

Lo eliminan del servidor y punto.

En cualquier caso, no debes preocuparte demasiado. La persona que ha copiado tu web no puede ser ni profesional ni grupo organizado, en cuyo caso no se dedicaría/an a estas bagatelas absurdas y con mal pronóstico por su parte, sino a negocios más saneados y rentables, sean legítimos o no.

En los casos que yo he conocido en carne propia y ajena, se trataba de un personaje en situación de necesidad económica intentando rascar algo de dinero sobre el trabajo ajeno; un “matao” sin demasiados recursos profesionales ni intelectuales animado por lo fácil del copiar-y-pegar.

De estos nada tienes que temer.

Envías el mensaje al servicio de hosting y verás como desaparece.

Después, para completar el tratamiento y lograr la total extirpación del tejido circundante a la página en cuestión, haces un mensaje explicando esta situación y se lo envías a todos esos sitios de anuncios en que dices haber encontrado referencia al sitio, ya sea rellenando el formulario de contacto de cada tablón, o buscando en Whois el e-mail particular del gestor.

Te prometo su inmediata desaparición. Los sitios de anuncios viven de la publicidad y de pequeños pagos por publicación de anuncios, sin gastar ni un segundo en discusiones sobre estos temas.

Borran los anuncios sin más.

Confío te sirva el procedimiento, y espero nos digas cómo se resolvió este tan desagradable incidente.

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Post Scriptum: si te copian es buena señal; se trata de que tu presentación es buena y atractiva, y tu oferta comercialmente interesante.

Ánimo.
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José Manuel Rosón Bravo