17/05/2010, 13:21
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| Colaborador | | Fecha de Ingreso: octubre-2003 Ubicación: Catalonia
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Respuesta: Autonomo - ahora más fácil ya lo han colgado en la WEb
A partir de hoy empiezan los piloto en algunos PAIT, y dentro de un mes se irán implementado en el resto Cita: Procedimiento para crear un empresario individual
Paso 01 - Cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE)
Paso 02 - Trámites en la Seguridad Social
Paso 03 - Comunicación del inicio de actividad a la Agencia Tributaria
Paso 04 - Inscripción de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de protección de datos
Paso 01 - Cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE)
Al igual que en las sociedades, una vez que el emprendedor ha sido informado de cómo poner en marcha su iniciativa empresarial y si decide constituir su empresa individual de manera telemática, el primer paso es la cumplimentación del DUE con todos los datos necesarios para la tramitación.
Para ello, el emprendedor deberá suministrar la información necesaria, en el caso de que no se inicie el DUE de forma personal desde cualquier ordenador con acceso a internet, para que el técnico del PAIT cumplimente el DUE aportando la documentación que se le exija. La cumplimentación del DUE se realizará con el Programa de Ayuda a la Cumplimentación del DUE (PACDUE).
El Documento Único Electrónico una vez cumplimentado, inicia la tramitación telemática. A partir de este momento, el sistema de tramitación telemática (STT-CIRCE) envía a cada organismo interviniente en el proceso vía Internet, la parte del DUE que le corresponde para realizar el trámite de su competencia. Paso 02 - Trámites en la Seguridad Social
Los trámites de Seguridad Social se ponen en marcha a través del STT-CIRCE una vez que se ha enviado el DUE. El DUE se envía a la Tesorería General de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina (TGSS/ISM), para generar los Códigos de Cuenta de Cotización, afiliar en su caso y dar de alta al empresario y a los trabajadores del empresario individual, si los hubiere. La TGSS/ISM devuelve al STT-CIRCE los Códigos de Cuenta de Cotización; si procede, los Números de Afiliación de socios y trabajadores y, por último, dará de alta a los mismos. Hay que señalar, que el PACDUE, mencionado en el Paso 1, realiza un pre-encuadramiento en el Régimen de Seguridad Social correspondiente en función de los datos introducidos en el DUE facilitando considerablemente la realización de los trámites que competen a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Instituto Social de la Marina (TGSS/ISM). Paso 03 - Comunicación del inicio de actividad a la Agencia Tributaria
En el momento en el que se envía el DUE, también se comunica el inicio de actividad del empresario individual a la Administración Tributaria competente, mediante el envío de la Declaración Censal. Paso 04 - Inscripción de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de protección de datos
Como en el caso de las sociedades, se inscriben en la Agencia de Protección de datos los ficheros de datos de carácter personal que el emprendedor haya notificado dentro del formulario del DUE destinado a tal efecto. Esta notificación de ficheros es optativa dentro del DUE.
Por ley, todo emprendedor está obligado a notificar a la Agencia Española de Protección de datos la posesión de ficheros con datos de carácter personal de empleados, proveedores, etc., que vaya a tener dentro de la empresa. Está notificación a la Agencia podrá efectuarla gracias a la cumplimentación de los apartados específicos en el DUE o bien directamente a través de la propia Agencia Española de protección de datos. http://www.circe.es/Circe.Publico.We...zar+un+tramite
documentación necesaria (según caso): http://www.circe.es/Circe.Publico.We...%B3n+necesaria
__________________ Saludos |