Cita:
Iniciado por cyberneticos Por lo tanto, la empresa Mexicana SÍ debe repercutir el IVA aplicando el tipo general, 16 por ciento (18% en Julio)
¿Pequeño detalle, eh?
Pequeño pero uno que te convierte
a ti en el confuso sobre aplicaciones del IVA nacional.
Actualízate ->
http://www.aeat.es/wps/portal/Inform...S&menu=4&img=5 y que hace el méxicano con el IVA??
una empresa fuera de la UE no te puede cobrar IVA. Si le pagas un 16% más mejor para él ¿no crees?