hola:
En el modelo 110 es dónde declararías (ingresarías) el IRPF que retuvieras a tus a trabajadores. Eso trimestralmente y anualmente el 190. Pero sino tienes trabajadores, pues nada.
Edito:
ojo! que las retenciones que ponen en el ejemplo ese no son las retenciones a trabjadores.
Mira esta página a ver si el mini esquema que hacen te es más de ayuda:
http://grupos.emagister.com/mensaje/...es/6501-732062
Si encuentro un esquema que me pasaron hace ya unos años, ya lo postearía.