28/03/2010, 12:06
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Respuesta: Iae Estimado Victoriano, cuando te des de alta en la seguridad social automáticamente NO se le abonará la prestación social o bien conocido como "Paro". Usted puede dar de alta la sociedad en España y declararla sin actividad para que no tengas que darte de alta en autónomos y poder terminar las gestiones que tengas pendientes de la empresa pero recuerda que NO podrás facturar con nadie ya que cuando facture a un autónomo o sociedad hay cruce de datos y la seguridad social podría reclamarle su prestación social en su totalidad
Saludos cordiales |