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Antiguo 01/03/2010, 17:56
CGR
 
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De acuerdo Respuesta: Debo notificar existencia de sitio web al Gobierno (España)

Gracias por tu respuesta.

He encontrado también una página en la que está todo muy detallado y que pongo aquí por si puede interesar a alguien:

http://www.informatica-juridica.com/trabajos/Obligaciones_registrales_respecto_a_la_LSSICE.asp