Cita:
Iniciado por Omura
dándole una mirada rápida a la web de indecopi
dudo que la justicia ordinaria de un país pueda decidir sobre dominios genéricos, porque
Cita: Los dominios genéricos, (por ejemplo: .com, .name, .net, .org, .info, .biz, .aero, etc.) se diferencian de los dominios territoriales (.co, .es, .tk, .tv, .fm, .ws) en que no son controlados ni gestionados por ningún país, sino por organismos gestores de Internet (ICANN) e internacionales.
en todo caso la justicia peruana podrá decidir sobre los
.pe, pero no sobre dominios que no puede gestionar.