Hola
del IAE estarías exento, pero igualmente en algunos sitios te la hacen presentar y en otros no. Algunas si estás exento no te cogen el modelo del IAE.
Primero tienes que ir a presentar el 036 y el IAE. Luego te vas a la S.S. y cursas el alta de autónomo, ya que aquí te piden el alta censal sellado por la aeat.
A priori para desgravarte, a efectos fiscales, es necesario disponer de factura. El tema de tickets es un poco así así...O sea que verás que cada uno te dice la suya. Pero los más papistas dicen que no puedes desgravártelos con tickets, que debes tener factura.
El IVA no es más que restar el IVA soportado del IVA repercutido. (a grandes rasgos).
Por lo que no tiene por qué salirte siempre a devolver.
saludos